La sostenibilidad ha dejado de ser una aspiración voluntarista para convertirse en un vector estratégico central para el sector agroalimentario europeo. En un contexto de creciente presión por parte de reguladores, mercados financieros, consumidores y grandes clientes internacionales, la capacidad de las empresas agroalimentarias para demostrar, con datos verificables, su compromiso con la sostenibilidad ambiental, social y de gobernanza se ha transformado en un factor determinante de su competitividad y viabilidad a largo plazo.

Pocas industrias reflejan con tanta claridad la interdependencia entre sostenibilidad y negocio como la agroalimentaria. Desde la gestión eficiente de recursos naturales escasos (agua, suelo y biodiversidad), pasando por la lucha contra el cambio climático y la reducción de emisiones, hasta la trazabilidad de las cadenas de suministro y el respeto por los derechos laborales y comunitarios, el desempeño ESG de las empresas agro se proyecta directamente sobre la seguridad alimentaria, la salud pública, la estabilidad territorial y la confianza de los mercados.

Este carácter estratégico es lo que llevó a que, en su diseño inicial, tanto la Directiva de Información Corporativa sobre Sostenibilidad (CSRD) como la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) incluyeran al sector agroalimentario entre las actividades de especial interés, sometidas a exigencias reforzadas de transparencia y control de impactos a lo largo de toda la cadena de valor.

Sin embargo, el nuevo contexto macroeconómico y geopolítico, marcado por la crisis energética derivada de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, el encarecimiento generalizado de los insumos y la fragmentación de los mercados globales, ha obligado a la UE a recalibrar sus prioridades regulatorias. Este es el trasfondo que explica el nacimiento del Omnibus Package, un paquete legislativo de simplificación y alivio de cargas administrativas, que afecta de lleno al marco normativo de sostenibilidad empresarial y cuyas implicaciones para el sector agroalimentario son profundas.

El Omnibus Package, presentado por la Comisión Europea en febrero de 2025, reconfigura el perímetro de aplicación, los plazos y la intensidad de las obligaciones de reporte y diligencia debida en sostenibilidad, ajustándolos a la nueva coyuntura económica y social. Si bien estas modificaciones representan, en términos generales, una reducción de la carga formal para muchas empresas agroalimentarias, también plantean nuevos desafíos estratégicos para aquellas organizaciones que han construido su posicionamiento competitivo sobre la base de un compromiso sólido y verificable con la sostenibilidad.

La huella ambiental y social del sector agroalimentario sigue siendo una de las más significativas dentro del espacio económico europeo. Por ello, aunque el marco regulatorio se flexibilice, las expectativas de inversores, consumidores, grandes compradores y reguladores sectoriales no desaparecerán. Como advertía el economista Kenneth Boulding: “Cualquiera que crea que un crecimiento exponencial puede continuar indefinidamente en un mundo finito es un loco o un economista”. Este principio es especialmente relevante para un sector cuya viabilidad futura depende, en última instancia, de la salud de los ecosistemas que lo sustentan y de la estabilidad de las comunidades que integran sus cadenas de valor.

La simplificación normativa, por tanto, no debe interpretarse como un retroceso en el compromiso de la UE con la transición agroalimentaria sostenible, sino como una adaptación pragmática a la coyuntura actual, diseñada para preservar la viabilidad económica del sector sin renunciar a los objetivos ambientales y sociales de largo plazo. En este nuevo escenario, el liderazgo del sector agroalimentario europeo dependerá de su capacidad para integrar la sostenibilidad en sus decisiones estratégicas, no por obligación, sino por convicción y como parte de su propuesta de valor diferencial.

Principales objetivos del Omnibus Package

El Omnibus Package nace como una respuesta directa a las tensiones crecientes entre las exigencias regulatorias en materia de sostenibilidad y la capacidad real de adaptación del tejido productivo europeo, con especial atención a sectores clave como el agroalimentario, donde la presión de la triple sostenibilidad —ambiental, social y económica— es particularmente intensa. En este contexto, el paquete de simplificación no solo persigue un alivio técnico-administrativo, sino que pretende redefinir el equilibrio entre sostenibilidad y competitividad, preservando el papel estratégico de la producción agroalimentaria europea en un contexto global cada vez más fragmentado.

1. Reducción del 25% de la carga administrativa, con especial atención al sector agroalimentario

El primer objetivo explícito del Omnibus Package es reducir en al menos un 25% las obligaciones de reporte y cumplimiento en materia de sostenibilidad, un compromiso formalizado por la Comisión Europea en respuesta al mandato político contenido en la Declaración de Budapest. Esta reducción es especialmente relevante para el sector agroalimentario, caracterizado por un elevado nivel de atomización empresarial, donde la mayoría de operadores son pymes, cooperativas y explotaciones familiares con capacidad técnica y recursos limitados para afrontar los costes de cumplimiento derivados de la CSRD y la CSDDD.

El alivio administrativo propuesto no implica una eliminación de la responsabilidad ESG, sino una reformulación de las obligaciones, priorizando aquellas métricas y procesos que realmente aporten valor estratégico al análisis de riesgos y oportunidades sostenibles del sector. En términos prácticos, la simplificación reduce la complejidad técnica de los reportes, ajusta el nivel de exigencia al tamaño y capacidad de las empresas, y favorece un enfoque proporcional, más adecuado a la realidad operativa del sector agroalimentario.

2. Buscar un equilibrio entre sostenibilidad y competitividad de la cadena agroalimentaria

El segundo gran objetivo es recalibrar el binomio sostenibilidad-competitividad, un equilibrio especialmente delicado para la cadena de valor agroalimentaria, donde la competitividad internacional está directamente condicionada por los costes de producción y el acceso fluido a mercados globales.

El marco original de la CSRD y la CSDDD, diseñado en un contexto previo a la actual crisis geopolítica y energética, planteaba una serie de obligaciones uniformes cuya aplicación homogénea no siempre contemplaba las especificidades sectoriales ni las diferencias estructurales entre grandes corporaciones agroalimentarias y pymes cooperativas. El Omnibus Package corrige esta aproximación, introduciendo un gradiente regulatorio que adapta las exigencias ESG al perfil de cada empresa, asegurando que la sostenibilidad deje de ser una barrera de entrada al mercado y pase a integrarse como una ventaja competitiva diferencial.

En el caso concreto de la cadena agroalimentaria, este nuevo enfoque es especialmente relevante en el contexto de la competencia con productores extracomunitarios. Aligerar las cargas administrativas, sin renunciar a la trazabilidad y al control de impactos, permite que las empresas europeas mantengan su acceso a mercados internacionales, donde los estándares ESG europeos siguen siendo referencia global y factor de diferenciación frente a competidores de regiones con marcos regulatorios más laxos.

3. Preservar el acceso al mercado europeo y a la financiación sostenible

El tercer objetivo estratégico es garantizar que, incluso en un marco regulador simplificado, las empresas agroalimentarias mantengan su capacidad de acceso a los mercados y a la financiación sostenible, dos palancas críticas para la viabilidad y el crecimiento futuro del sector.

La simplificación regulatoria, lejos de erosionar la credibilidad ESG de las empresas agroalimentarias, debe interpretarse como una oportunidad para rediseñar los procesos de recopilación, validación y reporte de información sostenible, haciendo más accesibles las métricas clave para inversores, grandes clientes e instituciones financieras. En este sentido, el Omnibus Package refuerza la idea de que la sostenibilidad no es solo una obligación legal, sino un factor de elegibilidad financiera y comercial, especialmente en el marco de instrumentos como la Taxonomía Europea, los bonos verdes o los programas de financiación rural vinculados a la transición ecológica.

Para las empresas agroalimentarias, preservar y fortalecer la credibilidad de sus prácticas sostenibles, incluso en un contexto normativo más flexible, será clave para garantizar el acceso preferente a mercados de alto valor añadido, consolidar su posición en cadenas de suministro internacionales sostenibles y asegurar el respaldo de inversores institucionales y entidades financieras comprometidas con criterios ESG.

La sostenibilidad agroalimentaria como ventaja competitiva

La simplificación normativa que propone el Omnibus Package no debe ser interpretada como una desregulación encubierta, sino como una puesta al día estratégica de un marco regulador que, en su versión inicial, había desbordado la capacidad real de cumplimiento de muchos operadores agroalimentarios. Sin embargo, simplificación no equivale a relajación estratégica. En un contexto donde consumidores, inversores y grandes clientes demandan garantías verificables de sostenibilidad, las empresas agroalimentarias que apuesten por la transparencia, la trazabilidad y la mejora continua, incluso en ausencia de una obligación legal estricta, estarán en mejores condiciones para competir y diferenciarse en los mercados globales.

El Omnibus Package ofrece al sector agroalimentario la oportunidad de demostrar que es posible ser competitivo sin renunciar a la sostenibilidad, integrando ambos conceptos en el corazón mismo de su estrategia y modelo de negocio.

Cambios clave en la CSRD aplicables al sector agroalimentario

El Omnibus Package introduce una revisión sustancial del ámbito de aplicación y de las exigencias vinculadas a la CSRD que impacta directamente sobre el sector agroalimentario, históricamente sujeto a un alto nivel de escrutinio debido a su relevancia ambiental, social y económica. Estos ajustes, más allá de suponer un mero alivio burocrático, reconfiguran la relación entre sostenibilidad y transparencia empresarial, especialmente en un sector cuya trazabilidad y gestión responsable de recursos son factores críticos para la confianza de los mercados y de la sociedad.

1. Nuevo umbral: Empresas agroalimentarias de más de 1.000 empleados y 50 millones de euros de facturación

La elevación de los umbrales mínimos para quedar dentro del perímetro obligatorio de la CSRD es uno de los cambios estructurales más relevantes. En adelante, solo las empresas agroalimentarias que superen simultáneamente los 1.000 empleados y los 50 millones de euros de facturación estarán obligadas a presentar informes de sostenibilidad conforme a los ESRS.

Este umbral, considerablemente más restrictivo que el definido originalmente en la CSRD, supone en la práctica que la mayoría de cooperativas agroalimentarias y empresas medianas quedan fuera del cumplimiento obligatorio, reduciendo de forma significativa el número de operadores del sector sometidos al régimen formal de reporte.

2. Exclusión de cooperativas y pymes agroalimentarias del cumplimiento obligatorio

La exclusión de la mayoría de cooperativas y pymes agroalimentarias responde a la proporcionalidad regulatoria que impulsa el Omnibus Package, reconociendo las limitaciones estructurales de muchas empresas del sector para asumir los costes y complejidad técnica de los informes de sostenibilidad completos.

Esta exclusión, sin embargo, no implica una liberación absoluta de las exigencias de transparencia, ya que muchas pymes agroalimentarias forman parte de cadenas de valor sujetas a las exigencias ESG de grandes clientes o de entidades financieras que, incluso en ausencia de una obligación legal directa, seguirán solicitando información estructurada sobre desempeño ambiental, social y de gobernanza.

3. Creación de estándares voluntarios específicos para pymes agroalimentarias

Conscientes de la necesidad de proporcionar un marco de referencia homogéneo, la Comisión ha encomendado a EFRAG el desarrollo de un estándar voluntario específico para pymes agroalimentarias. Este marco, adaptado a las capacidades técnicas y operativas de las pequeñas y medianas empresas del sector, facilitará a las pymes la preparación de informes ESG simplificados, alineados con las expectativas de financiadores, grandes clientes y otros actores clave de la cadena de valor.

Este estándar voluntario cumple una doble función:

Por un lado, permite a las pymes anticiparse y alinearse progresivamente con las mejores prácticas de transparencia, sin incurrir en los costes y complejidades de los ESRS completos.

Por otro, fortalece la credibilidad de las pymes agroalimentarias en mercados internacionales y en procesos de negociación con grandes compradores o plataformas de distribución que mantengan requisitos ESG más exigentes.

4. Aplazamiento de requisitos hasta 2028

El Omnibus Package también introduce una ampliación de los plazos de entrada en vigor de las obligaciones de reporte para las empresas agroalimentarias incluidas en el ámbito de aplicación obligatorio de la CSRD. En lugar de 2026 o 2027, la nueva fecha de referencia es 2028, concediendo un periodo adicional de adaptación especialmente relevante para sectores con cadenas de suministro extensas, alta dependencia de proveedores locales y necesidades específicas de trazabilidad, como es el caso del agroalimentario.

Este aplazamiento ofrece un margen temporal valioso, pero no debe interpretarse como un incentivo para la inacción. Aquellas empresas que utilicen este periodo para fortalecer sus sistemas internos de recopilación y validación de datos ESG, integrando sostenibilidad en la gestión operativa diaria, ganarán una ventaja competitiva significativa cuando los requisitos entren en vigor.

5. Simplificación de los ESRS: reducción de indicadores y mayor flexibilidad

La revisión y simplificación de los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) es otro de los pilares de la reforma. Para el sector agroalimentario, esto se traduce en una reducción significativa del número total de indicadores obligatorios, eliminando duplicidades y priorizando aquellos aspectos de mayor relevancia material para el sector.

Este enfoque más flexible permite que los informes de sostenibilidad reflejen las particularidades del modelo de negocio agroalimentario, evitando que las empresas deban reportar indicadores irrelevantes o de escasa aplicabilidad. Además, la mayor flexibilidad en la interpretación de la doble materialidad permitirá a las empresas agroalimentarias centrar sus esfuerzos en los impactos y riesgos más significativos para su realidad productiva y territorial.

6. Incremento del umbral de facturación para empresas extracomunitarias a 450 millones de euros

Por último, el Omnibus Package eleva el umbral de facturación dentro de la UE a partir del cual las empresas agroalimentarias extracomunitarias estarán obligadas a reportar bajo el marco de la CSRD. El umbral pasa de 150 millones de euros a 450 millones de euros, lo que reduce el número de productores y comercializadores extracomunitarios sujetos a los requisitos de reporte europeos.

Este ajuste responde a la necesidad de evitar distorsiones competitivas que penalicen a empresas europeas frente a sus competidores globales. Sin embargo, las grandes empresas extracomunitarias que deseen preservar su acceso privilegiado al mercado europeo, especialmente aquellas vinculadas a productos sensibles como frutas, hortalizas, carne y lácteos, seguirán enfrentando altas expectativas de transparencia ESG, más allá de la obligación formal.

Cambios clave en la CSDDD aplicables al sector agroalimentario

El sector agroalimentario, por su alta dependencia de recursos naturales, la complejidad de sus cadenas de suministro y la creciente sensibilidad social y ambiental de los mercados alimentarios, ha sido tradicionalmente uno de los ámbitos más expuestos a las exigencias de diligencia debida en materia de sostenibilidad. Sin embargo, el Omnibus Package introduce ajustes significativos en el alcance y la exigibilidad de la CSDDD (Corporate Sustainability Due Diligence Directive), modulando el nivel de responsabilidad y reduciendo ciertas obligaciones, lo que tiene implicaciones directas para las empresas agroalimentarias, especialmente cooperativas y exportadores con cadenas globales.

1. Aplicación diferida al 26 de julio de 2028: más tiempo para la adaptación sectorial

La prórroga de la fecha de aplicación de la CSDDD al 26 de julio de 2028 supone un respiro temporal para las empresas agroalimentarias que operan con cadenas de suministro globales, muchas de ellas en países con marcos regulatorios ambientales y sociales menos desarrollados. Este periodo adicional no solo permitirá reforzar las capacidades internas en materia de evaluación de riesgos y auditoría de proveedores, sino que ofrece una oportunidad para mejorar la coordinación sectorial, desarrollando herramientas compartidas de evaluación y seguimiento, especialmente útiles para cooperativas y agrupaciones de productores.

En sectores como el agroalimentario, donde las relaciones comerciales con pequeños proveedores y comunidades locales son críticas, esta extensión permite construir un enfoque de debida diligencia más colaborativo, basado en la formación, el acompañamiento y la mejora continua, antes que en la simple desvinculación comercial ante cualquier incumplimiento detectado.

2. Diligencia debida limitada a proveedores directos: mayor operatividad en el agro

Uno de los cambios estructurales más relevantes es la limitación del ámbito de diligencia debida al alcance 1, es decir, a los proveedores directos. Esta modificación es particularmente significativa para el sector agroalimentario, cuya cadena de valor está compuesta por múltiples eslabones, incluyendo proveedores primarios, transformadores intermedios, distribuidores y operadores logísticos.

Al centrarse únicamente en proveedores directos, la CSDDD reduce significativamente la complejidad operativa de las empresas agroalimentarias, especialmente en productos con cadenas fragmentadas como frutas y hortalizas, productos cárnicos o materias primas agrícolas. Esta focalización permite a las empresas concentrar sus recursos en el seguimiento y evaluación de sus relaciones comerciales más inmediatas, sin perder de vista la necesidad —cada vez más valorada por inversores y consumidores— de extender, de forma voluntaria, ciertas prácticas de trazabilidad y control a lo largo de toda la cadena de valor.

3. Eliminación de la responsabilidad civil: menor riesgo jurídico para cooperativas y exportadores

La supresión del régimen de responsabilidad civil a nivel europeo reduce sustancialmente el riesgo legal asociado a posibles incumplimientos de proveedores o incidentes ambientales y sociales en la cadena de valor. Esta eliminación es especialmente relevante para el tejido cooperativo agroalimentario, donde las relaciones comerciales son a menudo estables, de largo plazo y basadas en estructuras de gobernanza compartida, lo que dificultaba en la práctica la imposición de sanciones o litigios transfronterizos.

Si bien esta modificación reduce la exposición jurídica, no exime a las empresas de demostrar, ante inversores, clientes y auditorías independientes, que sus sistemas de debida diligencia son robustos, proactivos y adaptados al riesgo real de sus operaciones. El riesgo reputacional asociado a la falta de control sobre impactos negativos persiste, por lo que las empresas con vocación de liderazgo ESG deberán ir más allá de las exigencias mínimas legales.

4. Limitación de requisitos adicionales por parte de los Estados miembros

El Omnibus Package incorpora una cláusula de armonización máxima que prohíbe a los Estados miembros introducir requisitos más estrictos en materia de diligencia debida. Esta limitación aporta certeza jurídica y coherencia normativa, especialmente para empresas agroalimentarias que operan en varios Estados miembros o que exportan a mercados europeos desde centros productivos ubicados en terceros países.

Para el sector agroalimentario, donde la coexistencia de múltiples estándares nacionales podía generar sobrecostes y fragmentación en los procesos de auditoría y certificación, esta armonización favorece una mayor claridad regulatoria, reduciendo el riesgo de solapamiento normativo o de fragmentación de criterios entre los distintos Estados de la UE.

5. Sin obligación de plan de transición climática específico para el sector

La eliminación de la obligación formal de elaborar y aplicar un plan de transición climática reduce la carga documental y de planificación para muchas empresas agroalimentarias, especialmente aquellas cuyo impacto climático es difuso o difícil de cuantificar. Sin embargo, esta flexibilización no elimina las expectativas de los mercados financieros y de los grandes compradores, que seguirán requiriendo —aunque sea de forma voluntaria— información sobre estrategias de descarbonización, eficiencia hídrica y adaptación al cambio climático.

Para empresas agroalimentarias integradas en cadenas globales de valor o que acceden a financiación sostenible, contar con un plan de transición climática, incluso no obligatorio, seguirá siendo un factor de elegibilidad y diferenciación, especialmente en mercados donde la sostenibilidad es ya un criterio de selección preferente.

6. Mayor flexibilidad en la gestión de relaciones comerciales con proveedores y socios

El nuevo enfoque de gestión de proveedores introduce mayor flexibilidad en la toma de decisiones cuando se detectan impactos negativos. En lugar de imponer la desvinculación inmediata y obligatoria, las empresas agroalimentarias podrán optar por estrategias progresivas de mitigación, incluyendo programas de acompañamiento, asistencia técnica o acuerdos de mejora progresiva con sus proveedores.

Esta flexibilidad es particularmente valiosa para el sector agroalimentario, donde la relación de confianza con proveedores locales y cooperativas de base es un activo estratégico y donde la sustitución de proveedores puede resultar inviable, especialmente en zonas con recursos naturales o variedades específicas.

Esta adaptación normativa refuerza un enfoque de responsabilidad compartida, donde la creación de valor conjunto entre empresas y proveedores se convierte en un elemento clave de la estrategia de sostenibilidad sectorial, fortaleciendo la resiliencia y la licencia social para operar de toda la cadena agroalimentaria.

Implicaciones prácticas para cooperativas y empresas agroalimentarias

El Omnibus Package, al introducir un marco de sostenibilidad más flexible y adaptado a la diversidad empresarial europea, genera un nuevo escenario regulatorio para las cooperativas y empresas agroalimentarias. Si bien la simplificación normativa alivia la presión administrativa y reduce ciertos costes de cumplimiento, también introduce riesgos estratégicos y oportunidades diferenciadoras que las organizaciones del sector deberán gestionar con visión de largo plazo.

1. Reducción significativa de la presión regulatoria para pymes y cooperativas

La exclusión de la mayoría de pymes y cooperativas agroalimentarias del ámbito obligatorio de la CSRD y la flexibilización de las exigencias de diligencia debida en la CSDDD suponen una reducción sustancial de la carga administrativa que venía acumulándose en los últimos años. Este alivio es especialmente relevante para las cooperativas de base y pequeñas explotaciones, muchas de ellas con capacidades técnicas y recursos financieros limitados, para quienes el cumplimiento riguroso de los estándares de sostenibilidad representaba un reto operativo considerable.

Sin embargo, esta reducción de la presión legal no elimina la presión de mercado, ya que muchas de estas cooperativas y pymes forman parte de cadenas de suministro de grandes operadores agroalimentarios que, por permanecer dentro del perímetro regulado, trasladarán sus propias exigencias ESG a toda la cadena. Es decir, la desregulación formal no implica una desaparición de las exigencias de información, sino un traslado de las mismas hacia el ámbito contractual y comercial.

2. Riesgos de exclusión de estándares internacionales y cadenas de valor exigentes

A escala global, los grandes compradores internacionales, las plataformas de distribución y las empresas de alimentación y bebidas con compromisos voluntarios de sostenibilidad no reducirán sus expectativas respecto a la trazabilidad, el origen sostenible de las materias primas y el respeto a los derechos humanos en la cadena agroalimentaria. En este contexto, aquellas cooperativas y empresas que opten por limitar sus procesos internos de recopilación y reporte de información ESG, amparándose en la simplificación normativa, corren el riesgo de ser excluidas de cadenas de valor con altos requisitos ambientales y sociales, especialmente en mercados premium o geográficamente exigentes, como el centro y norte de Europa.

La simplificación regulatoria no supone, por tanto, una garantía de competitividad internacional. En mercados donde el compliance ESG es un atributo reputacional y comercial clave, la ausencia de evidencias verificables de sostenibilidad puede traducirse en una pérdida de acceso a clientes estratégicos y una erosión de la confianza comercial acumulada durante décadas.

3. Ventajas de mantener marcos internos voluntarios de reporting y debida diligencia

En este contexto, las cooperativas y empresas agroalimentarias con una visión estratégica de largo plazo harían bien en mantener —o incluso reforzar— sus sistemas internos de información y control ESG, aunque la normativa europea ya no se lo exija de forma obligatoria.

Contar con un marco voluntario de reporting, adaptado a las especificidades productivas de cada sector, y con un sistema de debida diligencia flexible y proporcional, permitirá a estas organizaciones:

  • Responder ágilmente a las demandas de información de clientes, financiadores y certificadoras.
  • Garantizar la trazabilidad y la transparencia como atributos de marca y reputación.
  • Prepararse anticipadamente para futuras revisiones regulatorias o nuevas exigencias en mercados internacionales.

La sostenibilidad, correctamente gestionada, deja de ser un coste adicional para convertirse en un activo reputacional, un factor de diferenciación comercial y un seguro de acceso a mercados internacionales con alta sensibilidad ESG.

4. Impacto sobre el acceso a mercados y financiación sostenible

En paralelo, el acceso a instrumentos de financiación sostenible, cada vez más relevantes para las empresas agroalimentarias que buscan capital para proyectos de modernización, digitalización y transición ecológica, dependerá en buena medida de la calidad y credibilidad de la información ESG que las empresas sean capaces de aportar.

Bancos, fondos de inversión y entidades multilaterales de crédito seguirán alineando sus carteras de financiación con marcos como la Taxonomía Europea, los Principios de Banca Responsable o los criterios de selección ESG de los bonos verdes y sociales. En este contexto, las empresas agroalimentarias que dispongan de información ESG fiable, estructurada y verificada, aunque no estén formalmente obligadas a reportar, tendrán acceso preferente a financiación con mejores condiciones, lo que puede suponer una ventaja competitiva directa frente a empresas menos transparentes o con sistemas de reporting opacos o fragmentados.

5. Importancia de la trazabilidad y la transparencia voluntaria como diferenciadores de mercado

Más allá del cumplimiento normativo o de las exigencias financieras, en el sector agroalimentario la trazabilidad y la transparencia voluntaria se han convertido en atributos comerciales esenciales, especialmente en segmentos de alto valor añadido, como los productos ecológicos, las denominaciones de origen protegidas o las marcas de calidad diferenciada.

Los consumidores finales, cada vez más informados y exigentes, demandan certezas verificables sobre el origen, las condiciones de producción y el impacto ambiental y social de los alimentos que consumen. En este contexto, las empresas que apuesten por la transparencia proactiva, publicando información clara, accesible y basada en datos verificables sobre su desempeño ESG, no solo fortalecerán su reputación de marca, sino que también construirán relaciones comerciales más sólidas y duraderas con distribuidores, clientes y operadores logísticos comprometidos con el desarrollo sostenible.

Sostenibilidad como inversión estratégica

Lejos de ser un mero ejercicio de cumplimiento legal, la sostenibilidad se consolida como un factor estructural de competitividad y legitimidad social para el sector agroalimentario. Aquellas cooperativas y empresas que comprendan que la sostenibilidad es una inversión estratégica, y no un coste a minimizar, estarán mejor posicionadas para prosperar en un entorno global donde la transparencia, la responsabilidad ambiental y el respeto a los derechos humanos son condiciones indispensables para competir y crecer.

Como afirmó el economista Herman Daly: «La economía debe ser un sistema abierto y en constante intercambio con su entorno natural; si ignoramos esa relación, nos condenamos al colapso.«

En el sector agroalimentario, esta premisa es más cierta que nunca. La gestión responsable de los recursos naturales, el respeto por las comunidades rurales y la capacidad de demostrarlo con datos y evidencias, son ya condiciones sine qua non para construir un futuro agroalimentario competitivo, sostenible y resiliente.

Calendario, proceso de adopción y recomendaciones estratégicas

1. Cronograma de adopción y entrada en vigor

El Omnibus Package, presentado por la Comisión Europea en febrero de 2025, sigue actualmente el procedimiento legislativo ordinario, con la expectativa de alcanzar un acuerdo político entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE a finales de 2025. Si se cumplen los plazos previstos, la publicación definitiva en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) se produciría durante el primer trimestre de 2026, abriendo formalmente el periodo de transposición para los Estados miembros.

En el caso concreto de la CSRD y la CSDDD, los plazos específicos que afectan al sector agroalimentario quedarían configurados de la siguiente manera:

CSRD simplificada: Aplicación efectiva para las empresas agroalimentarias que superen los nuevos umbrales (más de 1.000 empleados y 50 millones de euros de facturación) a partir del ejercicio 2028, con primer informe publicado en 2029.

CSDDD modificada: Entrada en vigor de las nuevas obligaciones de diligencia debida el 26 de julio de 2028, aplicable únicamente a proveedores directos.

Aunque estos plazos amplían el margen de adaptación, es fundamental recordar que el mercado —especialmente en el caso del agroalimentario— opera con dinámicas de anticipación, donde las cadenas de valor más exigentes no esperarán a la entrada en vigor formal para trasladar sus propios requerimientos ESG a proveedores y socios comerciales.

2. Proceso de negociación y posibles modificaciones finales

Si bien el diseño actual del Omnibus Package refleja un consenso técnico inicial, el proceso legislativo abierto aún puede introducir modificaciones relevantes, especialmente en puntos donde el equilibrio entre sostenibilidad y competitividad sigue siendo objeto de controversia.

Entre los aspectos que podrían reabrirse durante las negociaciones entre el Parlamento y el Consejo destacan:

  • Revisión sectorial específica: Algunos grupos parlamentarios y Estados miembros podrían presionar para mantener ciertos requisitos sectoriales diferenciados para industrias con alto impacto ambiental y social, como el sector agroalimentario.
  • Diligencia debida extendida: Existe la posibilidad de que ciertos Estados o grupos políticos intenten reintroducir parcialmente la supervisión de proveedores indirectos (alcance 2), al menos para productos agroalimentarios de alto riesgo.
  • Responsabilidad civil: Aunque eliminada en la propuesta inicial, algunas enmiendas podrían buscar reintroducir mecanismos de acceso a la justicia para comunidades afectadas por malas prácticas en la cadena agroalimentaria.
  • Flexibilidad nacional: Estados con marcos nacionales avanzados en ESG (como Francia, Alemania o los Países Bajos) podrían defender cierta libertad para mantener requisitos internos más ambiciosos en sectores críticos, como el agroalimentario.

Este escenario refuerza la importancia de mantener una vigilancia regulatoria activa, a través de asociaciones sectoriales, cámaras de comercio y plataformas especializadas, con el objetivo de anticipar posibles cambios que alteren el contenido final de las directivas y su transposición nacional.

3. Recomendación: Mantenerse proactivos en la integración ESG voluntaria

Más allá de la evolución normativa, el contexto global de la industria agroalimentaria exige que las empresas del sector no interpreten la simplificación regulatoria como un incentivo para desentenderse de la sostenibilidad, sino como una oportunidad para consolidar un modelo de gestión ESG voluntario, adaptado a su realidad operativa y territorial.

Las empresas y cooperativas que desarrollen sistemas de información y control ESG sólidos, aun en ausencia de obligaciones legales estrictas, no solo fortalecerán su capacidad de acceso a mercados de alto valor, sino que estarán mejor preparadas para futuras revisiones regulatorias, en un contexto donde la presión social, financiera y comercial en torno a la sostenibilidad seguirá en ascenso.

En este sentido, adoptar de forma proactiva estándares voluntarios sectoriales, sistemas de trazabilidad ambiental y social y procesos internos de diligencia debida, deja de ser un ejercicio defensivo para convertirse en una estrategia de diferenciación y resiliencia competitiva. La credibilidad de la información ESG, la capacidad de anticipar riesgos y la transparencia proactiva serán elementos clave para asegurar la competitividad del sector agroalimentario europeo en el mercado global.

4. Reforzar alianzas con clientes y financiadores que mantengan exigencias ESG avanzadas

El futuro de la sostenibilidad agroalimentaria europea no se jugará únicamente en el plano normativo, sino principalmente en el terreno de las relaciones comerciales y financieras. Grandes compradores internacionales, plataformas de distribución, retailers y marcas de referencia global seguirán elevando sus exigencias ESG, independientemente de la relajación normativa a nivel europeo.

Del mismo modo, el acceso a financiación sostenible, tanto pública como privada, dependerá cada vez más de la calidad y transparencia de la información ESG aportada por las empresas agroalimentarias, en un contexto donde la Taxonomía Europea, los criterios de elegibilidad de los fondos de inversión ESG y los requisitos de financiación verde y social seguirán aplicándose con independencia de las obligaciones formales de la CSRD.

En este contexto, las empresas agroalimentarias con visión estratégica deberían reforzar:

  • Alianzas con clientes y cadenas de valor globales que ya operan bajo estándares ESG avanzados.
  • Relaciones estables con entidades financieras y fondos de inversión especializados en sostenibilidad.
  • Participación activa en iniciativas sectoriales de transparencia y trazabilidad compartida, que faciliten el acceso a mercados internacionales y a programas de financiación vinculados a la transición verde y digital.

Anticipación y cooperación como claves de futuro

La simplificación regulatoria puede aliviar ciertos costes inmediatos, pero no elimina la dirección de fondo: el futuro del sector agroalimentario europeo pasa por consolidar un modelo productivo que sea climáticamente neutro, socialmente responsable y económicamente viable. En este proceso, las empresas que se adelanten a las exigencias del mercado y fortalezcan su capacidad de generar y comunicar información ESG fiable, no solo estarán mejor preparadas para futuras oleadas regulatorias, sino que se consolidarán como socios preferentes para clientes, inversores y comunidades cada vez más exigentes.

Agroalimentario sostenible y competitivo: una visión de futuro

El Omnibus Package abre una etapa de redefinición estratégica para el sector agroalimentario europeo, en la que sostenibilidad y competitividad dejan de presentarse como fuerzas opuestas para integrarse en una ecuación común, indispensable para garantizar la viabilidad a largo plazo de un sector vital para la seguridad alimentaria, el equilibrio territorial y la preservación de los ecosistemas productivos.

La simplificación regulatoria aprobada no debe interpretarse como un retroceso en el compromiso europeo con la sostenibilidad agroalimentaria, sino como un ajuste táctico diseñado para preservar la viabilidad económica de un sector sometido a presiones múltiples: costes energéticos crecientes, volatilidad de los mercados globales, fragmentación de las cadenas de suministro y, sobre todo, una creciente exigencia social por modelos productivos más justos y regenerativos.

Repensar la sostenibilidad desde la innovación y la eficiencia

Este nuevo escenario brinda a las empresas agroalimentarias una oportunidad inigualable para repensar su relación con la sostenibilidad, no desde la imposición normativa, sino desde la innovación, la eficiencia y la competitividad proactiva.

La sostenibilidad, bien gestionada, deja de ser una carga administrativa para transformarse en una fuente de ahorro de costes operativos (eficiencia energética, reducción de insumos, optimización de procesos) y, sobre todo, en un factor de diferenciación comercial en mercados cada vez más segmentados por criterios de calidad y sostenibilidad.

La historia de la cooperativa holandesa Royal FrieslandCampina es un claro ejemplo de cómo la sostenibilidad puede integrarse como pilar estratégico, más allá de la normativa. Frente a la presión de los mercados y la incertidumbre regulatoria, FrieslandCampina desarrolló un programa voluntario de sostenibilidad integral, donde cada socio productor es evaluado periódicamente en materia ambiental, bienestar animal y eficiencia energética. Esta proactividad estratégica, lejos de ser una carga, se ha convertido en una ventaja competitiva esencial, permitiendo a la cooperativa asegurar su presencia en mercados premium y acceder a mejores condiciones de financiación sostenible.

El riesgo de confundir simplificación con desinversión

Sin embargo, la oportunidad que ofrece el Omnibus Package no está exenta de riesgos estratégicos. El mayor de ellos es que algunas empresas e incluso sectores enteros interpreten la simplificación regulatoria como una invitación a reducir inversiones en sostenibilidad, limitándose al cumplimiento formal de un marco legal cada vez más flexible.

En un contexto global donde la sostenibilidad es ya un factor clave de elegibilidad comercial y financiera, esta visión cortoplacista podría debilitar la posición competitiva internacional de muchas empresas agroalimentarias europeas, especialmente en mercados de alto valor añadido (norte de Europa, Canadá, Japón) o en cadenas globales controladas por grandes compradores con estrategias ESG avanzadas.

Confundir simplificación con desinversión sería, en términos estratégicos, una apuesta perdedora, ya que erosionaría los avances logrados en materia de transparencia, trazabilidad y gestión responsable de impactos. En palabras de Gro Harlem Brundtland, pionera del concepto de desarrollo sostenible: «El desarrollo sostenible no es una opción, es el único camino para garantizar un futuro digno para las próximas generaciones

Transparencia y proactividad ESG como ventaja competitiva

Lejos de ser una mera herramienta de compliance, la transparencia ESG y la proactividad en la gestión sostenible son ya activos estratégicos clave para el sector agroalimentario. Quienes consigan transformar la sostenibilidad en relato comercial, evidencia verificable y atributo de marca, consolidarán su posición como proveedores preferentes en un mercado global donde consumidores, inversores y reguladores premian la consistencia entre el discurso y la práctica.

Empresas y cooperativas que apuesten por informar voluntariamente, por integrar métricas ESG en sus sistemas de gestión y por participar activamente en iniciativas sectoriales de transparencia y trazabilidad, no solo minimizarán sus riesgos reputacionales y regulatorios, sino que fortalecerán su acceso a mercados exigentes y a financiación vinculada a la sostenibilidad, configurando así un círculo virtuoso de competitividad y responsabilidad.

Reflexión final: sostenibilidad agroalimentaria como estrategia de futuro

El futuro del sector agroalimentario europeo no dependerá tanto de cuántos informes de sostenibilidad publique cada empresa, sino de su capacidad para demostrar con datos creíbles y verificables que opera de forma responsable, contribuyendo a la resiliencia ambiental, la prosperidad social de los territorios rurales y la viabilidad económica de toda la cadena de valor.

Como afirmó el maestro del management, Peter Drucker: «La mejor manera de predecir el futuro es crearlo.» En el caso del sector agroalimentario, crear ese futuro pasa por integrar la sostenibilidad en el corazón mismo del modelo de negocio, no como un peaje regulatorio, sino como una apuesta estratégica y cultural que garantice competitividad, legitimidad social y licencia para operar en un entorno global cada vez más exigente y consciente.